Una jueza dio lugar a un recurso de
amparo impulsado por el Centro Comercial de San Cristobal y ordenó frenar
el pago de boletas hasta que se revisen los cálculos de la empresa Provincial
de la Energía tras los incrementos exhorbitantes en las facturas tanto de
comerciantes como usuarios residenciales.
En las últimas semanas los reclamos
por el "tarifazo" y el gran incremento en las boletas de la
luz generaron malestar, preocupación y enojo en los vecinos. Y comerciantes se
vieron sumamente afectados con la situación económica que se atraviesa no
sólo en la ciudad de San Cristóbal sino en todo el país.
Por tal motivo, la comisión directiva
del Centro Comercial de la ciudad convocó a comerciantes, sean socios o no,
para debatir sobre este tema y buscar posibles soluciones.
De acuerdo a información brindada por
Radio Eme (de San Cristóbal), en el debate se buscó el asesoramiento
de una abogada para que presente los reclamos y para que la Justicia tome
cartas en el asunto, debido a que la Empresa Provincial de la
Energía (EPE) se niega a reconocer todos sus errores.
Tras distintas situaciones de
incertidumbre y a la espera de respuestas favorables, la jueza comunicó su
resolución con respecto a estos temas y a los problemas que surgieron.
ACCION PREVENTIVA COLECTIVA
"Nosotros iniciamos una acción
preventiva colectiva, los promotores de esta acción fueron los comerciantes y
los ciudadanos, con el acompañamiento, aval y sostén del Centro Comercial
local. La acción que nosotros promovimos tiene base en el Código Civil y está
avalada por el artículo 42 y 43 de la Constitución Nacional. A la jueza le
planteamos el aumento de tarifas que consideramos que son desproporcionados y
en algunos casos hasta irrazonables y pedimos que se suspenda el pago de las
tarifas del segundo bimestres, pero no decimos no pagar", explicó la
abogada Viviana Schiavi.
En un primer momento lo que se
solicitó fue la suspensión del pago de las tarifas, pero efectuando el
pago de las mismas de acuerdo a los montos de las tarifas del año pasado en el
mismo período más un 20%, o bien la última boleta antes del aumento más el 20%,
y la necesidad de obtener una respuesta lo más rápido posible, debido a que
algunos comerciantes no decidieron si continuarán con su labor o no.
LO QUE SE LOGRO
"El pedido de suspensión del
pago de la boleta, hasta tanto la EPE compadezca en el expediente, aportando o
no pruebas, es lo que la jueza deberá mantener con la medida o cambiarla según
su criterio. No obstante, después tiene que resolver con respecto a lo pedido
si se retrotrae el pago de la boleta del segundo periodo del año
2018", argumentó Schiavi lo que se logró hasta el momento.
Estas medidas tienen un alcance para
aquellos comerciantes o ciudadanos cuyas tarifas han sido de 75% de aumento o
más. Mientras que no serán beneficiados aquellos ciudadanos cuyo
incremento ha sido menor al porcentaje mencionado.
"El efecto de esta sentencia
abarcaría a todos aquellos ciudadanos en esa situación, por eso, siempre se
habla de un grupo de gente homogénea que esté dentro de ese mismo contexto. La
medida preventiva colectiva está pedida por cuatro meses y aguardamos por la
resolución final de la jueza”, detalló la abogada.
PARA TENER EN CUENTA
Los comerciantes y usuarios que hayan
abonado la factura con el incremento deberán ver su situación con la
EPE, explicó Schiavi a la vez que señaló "esta es una medida
para la suspensión del pago, después veremos si hay que tomar otras instancias
para llegar al fondo de la cuestión, como por ejemplo los impuestos que
vienen en la boleta y los alumbrados públicos, que se pagan a nivel municipal y
en las facturas de la luz, son otras cuestiones a resolver más adelante".
TIEMPO DE EXPECTATIVA
"Seguiremos pendientes a ver qué
pasa con las leyes, con los proyectos que se presentarían en la Cámara de
Senadores, con las resoluciones de nuestros legisladores y con la EPE que
tendrá que cumplir”, manifestó Viviana Schiavi, quien se encontraba junto
a Susana Golle, presidenta del Centro Comercial de San Cristóbal.
Fuente: Diario La Opinión de Rafaela.
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