Ya Es Ley
–Creacion Juzgado De Familia En Villa Ocampo Por El Cual Se Dispone La Creacion
De Un (1) Juzgado De Familia En El Distrito Judicial 17, Con Asiento En La
Ciudad De Villa Ocampo, Departamento General Obligado, El Que Tendra
Competencia Territorial Y Jurisdiccion En El Circuito Judicial 34.
Gran
satisfacción por este logro para la comunidad acámpense y toda la región. Fue
uno de mis primeros proyecto de ley presentado en 2016, ante la necesidad
plasmada por nota de la Comisión de Delegación Zona Norte del Colegio de
Abogados, manifestando su preocupación ante la actual situación del distrito
judicial N° 17, realidad que empeora año tras año, y que se encuentra colapsado
en sus funciones, repercutiendo no solo en la labor de los colegas que
representan, sino en una adecuada administración de justicia, recayendo en
todos los ciudadanos que Ia necesitan, y por Resolución N° 02/16 del Honorable
Concejo Municipal de la ciudad de Villa Ocampo donde se Solicitaba al Ministro
de Justicia de la provincia de Santa Fe, que arbitre los medios para Ia pronta
sanción y promulgación de una ley modificativa de la Ley 10.160, ley Orgánica
del Poder Judicial de Santa Fe, que permita reordenar el mapa judicial del
Distrito Judicial N° 17, mediante la Creación de un Juzgado de
Familia. Este
proyecte lo presente el 15 de junio de 2016, desde entonces el objetivo era
hacerlo ley cosa que se logró en la sesión del 30/11/2017 al tener su
aprobación en ambas cámaras.
La
problemática de las causas de familia requiere por sus características una
atención especial por parte del Magistrado, de los funcionarios y de los
empleados, avocamiento a la resolución de dicha conflictividad que en los
hechos y justamente debido a aquella condición “Fuero Pleno” que hoy día tiene
el juzgado existente, disminuyen sensiblemente la efectividad del servicio de
justicia y las respuestas que la comunidad juridica y la sociedad toda esperan.
En este
sentido y dada la incuestionable especialización que ha alcanzado en la
actualidad la Materia de Familia y Minoridad, sumada a la creciente
problemática socio-económica que afecta a la región y que se traslada, en uno
de sus aspectos, en la multiplicación de causas en esa materia, donde la
intervención del Magistrado debe ser indelegable ya que el rol que
necesariamente debe poseer el Juez de Familia requiere su intervención personal
ante las especiales y sensibles cuestiones que atañe resolver, requiere de un
fuero también especializado.
La búsqueda de
soluciones en materia de Familia por medio de un Juzgado de Fuero Pleno tal
como hoy se encuentra estructurado en Villa Ocampo, afectan notoriamente
las situaciones familiares, pues en ellas el tiempo es vital.
Otro factor
determinante para intentar explicar la necesidad de una jurisdicción especial y
especializada para los conflictos de familia, es la intervención de niños en
él, entendiendo por tales, a todo ser humano menor de 18 años, sujeto de plena
dignidad humana con la particularidad de su potencialidad en cuanto al
ejercicio de sus derechos, con problemáticas específicas que requieren
respuestas idóneas.-
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