Decisión Polémica De Un Fiscal en Reconquista


Un hombre condenado porque intentó matar a su mujer no irá a la cárcel porque por no imputarle el agravante de la relación de pareja, algo indiscutido.

LA HISTORIA
El funcionario de la acusación sostuvo que “no se trata de un error sino de una elección de una figura de tipo penal. No omití por error sino que omití en forma discrecional  porque es la facultad que me da el análisis jurídico de escoger la figura típica que se adecua a lo que entendí que demostré como tal”.
Probado que intentó matarla, con el agravante básico y claramente demostrable de la relación de pareja que duró varios años (hasta el mismo día del ataque y con un hijo en común) hubiera logrado la condena mínima de 10 años de prisión, porque letra y espíritu de la legislación y la jurisprudencia establecen con claridad el agravante de esa condición que él sostuvo que omitió “en forma discrecional”, sin reconocer que fue un error. 
El representante del Ministerio Público de la Acusación consideró solo el agravante de la violencia de género, descartó lo más fácil de demostrar y pudiendo (o debiendo ir por ambos agravantes porque no tienen necesariamente relación) eligió solo el camino más difícil (de hecho que no logró probarlo) ya que el juez Mauricio Martelossi solo condenó a Adrián Salame por intentar matarla (homicidio simple) y las lesiones que le produjo a un vecino que se metió a la casa a socorrerla, así lo condenó a la pena básica de 3 años de prisión de ejecución condicional.
La actuación del fiscal omitió la carga de algo que contundentemente se debe reprochar en nuestra sociedad herida por la violencia domésticaconsensuado políticamente, pero además porque la letra de la ley y su espíritu no dejan lugar a dudas) que es el agravante fuerte que significa atacar a quien mantiene o mantuvo relación de pareja. Al haberlo omitido en la acusación, ya no tiene alternativa de incorporar ese agravante descuidado, ahora solo le queda esperar a leer los fundamentos del juez de primera instancia para determinar si apelará el agravante de la violencia de género que no se le dio por probada, pero eso es otra cosa.
Frente a este resultado lamentable es que el periodista de ReconquistaHOY preguntó al funcionario sobre el rol del querellante que en este caso no se ejerció y que coincidió que es muy importante porque agrega otra mirada.
Por este pobre resultado es que también le preguntamos al fiscal Rodriguez sobre el apoyo que recibe del Ministerio Público de la Acusación, si es que allí se discuten las estrategias acusatoriassi le dan oportunidad de una mirada crítica, de mejorar la estrategia, o si cada fiscal se arregla como puede.

La posición del magistrado es que para que exista violencia de género "no alcanza solamente con que haya un ataque de un hombre a una mujer", sino que deben darse y probarse, otras circunstancias, como el sometimiento, la negación de derechos, el aprovechamiento de la situación de preeminencia del hombre sobre la mujer, entre otros, y difiere de la relación de pareja "son dos cosas distintas", sostuvo.

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