El mega decreto de
necesidad y urgencia que firmó el presidente Macri, abarca una enorme
cantidad de temas, entre otros la habilitación de camiones con dos acoplados y
con mayor peso en las rutas, recortes en el plantel de empleados del estado,
facilidades para exportar obras de arte y para radicar industrias, aflojamiento
de sanciones para patronales incumplidoras, obligación de patentar los
cuatriciclos y eliminación de permisos de estacionamiento libre para autos
oficiales. Un festival de medidas de toda categoría, muchas de las cuales no
necesitaban un DNU con fuerza de ley para ponerse en vigencia.
De entre ellas se destaca la posibilidad de embargar la cuenta sueldo de
los trabajadores. Una ley de diciembre de 2016 (es decir de este mismo
gobierno), había declarado inembargable la cuenta sueldo, y sólo habilitaba el
embargo de remuneraciones mediante orden judicial dirigida al empleador con un
límite de retención, de modo de preservar el ingreso de los trabajadores.
El DNU permite ahora
también embargar la cuenta sueldo de los trabajadores, en lo que supere el
equivalente a tres meses de sueldo.
Podría sostenerse que son pocos los casos en los que un trabajador tenga
acumulados más de tres meses de remuneración en su cuenta, ya que lo normal es
gastar el sueldo a lo largo del mes, mientras alcance.
El verdadero riesgo es el cobro de indemnizaciones. Al trabajador
despedido se le deposita el importe correspondiente en la cuenta sueldo, con el
consiguiente incremento del saldo de la misma.
Un trabajador que
gana $30.000 por mes y al momento de ser despedido le depositan $600.000 podrá ser embargado
en todo lo que supere $90.000. Las
indemnizaciones por accidentes de trabajo, aunque inembargables por ley, quedan
expuestas también a la voracidad de los acreedores cuando se depositan en la
cuenta.
Un trabajador se
endeuda cuando anda corto de plata o desea dinero para concretar algún proyecto (comprar un
electrodoméstico, los útiles para la escuela de los chicos, a veces un viaje).
Ahí es cuando recurre al financiamiento que le ofrecen bancos y compañías
financieras a través de las tarjetas de crédito.
Claro que estos préstamos que se le ofrecen con sospechosa insistencia
tienen intereses que van desde el 51% en el Banco de Galicia, 58% en el Santander
Rio y 62% en el Macro. Las tarjetas no bancarias tienen tasas del 66% (Tarjeta
Naranja), 78,34% (Cencosud) y 86% en (CMR Falabella), según datos del propio
Banco Central. Tasas nada baratas, y muy superiores a los aumentos de inflación
o de salarios. Ni hablar de tener que caer en manos de un usurero
El trabajador que no puede hacer frente a esos intereses, se va
atrasando en los pagos, y cuando se da cuenta ya es tarde. Los intereses son
una bola de nieve que lleva a que el monto adeudado (muchas veces con costas y
honorarios judiciales), puede llegar a diez veces el valor de lo
prestado.
Con cierta dosis de cinismo, la reforma se fundamenta en la necesidad de
mejorar el perfil crediticio de los ahorristas del sistema financiero y
otorgarles mayor y mejor acceso al crédito. Parece un fin noble pero en
realidad es la posibilidad de que el trabajador pierda para que el acreedor
gane.
Jorge Elías
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Estudio Jurídico Elías y Asociados
Mitre 1530 - 2000 - Rosario
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